DISPOSITIVA.-
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, celebrado en el juicio de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por vencimiento de la Prorroga Legal, seguido por la ciudadana CARMEN MILAGROS TROCONIS, en contra de las ciudadanas NADIN DEL CARMEN PETIT URRECHEAGA y MARILUZ URRECHEAGA, todas identifica¬das en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, le imparte su aprobación, lo homologa, dándole el carácter de cosa juzgada, se suspende la medida de secuestro decretada en fecha diez (10) de Agosto de 2010, y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medida.....