Ahora bien, de los textos transcritos observa el tribunal que al tratarse de que los asuntos tratados en el Convenimiento que antecede suscritos por las partes intervinientes en este procedimiento no vulneran los derechos de los niños, y por consiguiente pueden ser producto de conciliación, con apego a los requisitos concurrentes que las mismas normas consagran, como quiera que en el presente caso se observa que el ciudadano JOSE MONTILLA, acudió voluntariamente por ante este Tribunal a CONVENIR en los términos contenidos en el acta suscrita por los mismos, y en la cual el reclamado ofrece a la ciudadana MARILY ACURERO la cantidad de TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de mi sueldo devengado como trabajador de la empresa PEQUIVEN. Asimismo me comprometo a entregar a la ciudadana MARILY ACURERO el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de utilidades o aguinaldo, vacaciones, caja de ahorro, y fideicomiso. Igualmente me obligo a entregar a la reclamante el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de las p.....