IV
PARTE DISPOSITIVA
Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, éste TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, por motivo de Desafecto, propuesta por el ciudadano JOHAN DARLEY SERRANO URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.949.954, teléfono de contacto Whatsapp N° +58412-7507128, domiciliado en el municipio Machiques de Perijá del estado Zulia; en contra de la ciudadana MARIA ALEJANDRA GAMEZ ARCILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.969.804, teléfono de contacto Whatsapp N° +1(682)307-9594, domiciliada en Dallas, Texas, 7329 Chaucer Place, apartamento D de los Estados Unidos de Norteamérica. En consecuencia, queda disuelto el vínculo.....