PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de autos, interpuesto por el Profesional y la Profesional del Derecho EDINSON PALMAR TORRES y YELITZA CORZO, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-9.762.774 y V-7.779.348, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nos. 28.478 y 37.643, actuando con el carácter de defensor privado y defensora privada del ciudadano EURO ENRIQUE CHOURIO GUEDEZ, titular de la cédula de Identidad Nº V-22.066.588.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión de fecha 07 de marzo de 2024, bajo Resolución No. 289-2024, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.