Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento en atención al criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02/06/2015 No. 693 presentada por las apoderadas judiciales especiales MADDI MONTERO Y MARILYN ROMERO, inscritas en el IPSA bajo el No. 180.635 y 140.222 respectivamente, de este domicilio, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JAVIER JOSE DIAZ OLARTE Y CARLA JANETH COLLS BARRIOS, titulares de la cedula de identidad No. V- 19.145.412 y V- 20.829.791, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo estado Zulia, cualidad que riela en actas en poder especial. .....