PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por la Profesional del Derecho ADREALY PERNÍA, titular de la cedula de identidad No.14.651082, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 205.665, actuando e este acto con el carácter Defensora Privada del ciudadano JONATAHAN MIGUEL NUÑEZ, supra identificado en actas.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 06 de noviembre de 2018, bajo Resolución Nro. 1059-2018, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sede Santa Barbara, relativa al acto de la audiencia preliminar.
Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión del artículo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vide Libre de Violencia.