Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra del acusado EDGAR JOSE RIVAS GUZMAN, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.070.464, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS CON FINES DE DISTRIBUCION previsto y sancionado en el articulo 149 en su primer aparte de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD.