Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL NUEVO CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, CARLENDER ROSA ROSALES PIRELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.581.332, domiciliada en el sector Rafael Urdaneta de la Parroquia Encontrado, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y el ciudadano ROBERT SEGUNDO MORALES BARBOZA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.884.232, domiciliado en la calle 84, Cuidad Ojeda del estado Zulia, a favor de sus hijos: (IDENTIDADES OMITADAS) MORALES ROSALES, de (09), y (06) años de edad. Dándole el carácter de co.....