Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) La HOMOLOGACIÓN del desistimiento del procedimiento presentado por el profesional del Derecho CARLOS SUÁREZ ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo la matrícula 87.682, actuando en representación de la parte actora, ciudadano JOSÉ ALBERTO COELLO LEÓN, plenamente identificado en actas.
2) Se ordena la devolución de los documentos originales solicitados en la diligencia de fecha quince (15) de abril de dos mil diez (2010), previa su certificación en actas.
3) Se ordena el archivo del presente expediente.