DISPOSITIVA
Por los fundamentos arriba establecidos, este Juzgado Único de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensa Privada, en el sentido que se REVISE la medida de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD impuesta al acusado LUIS ENRIQUE PERRELLI, y Quien Aquí Decide SUSTITUYE la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por unas menos gravosas como lo son: LA PRESENTACIÓN PERIÓDICA (CADA QUINCE DÍAS), LA PROHIBICIÓN DE AUSENTARSE SIN AUTORIZACIÓN DE LA JURISDICCIÓN DEL TRIBUNAL, LA PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LA VICTIMA DE AUTOS Y CUALQUIER OTRA MEDIDA PREVENTIVA QUE EL TRIBUNAL CONSIDERE PROCEDENTE O NECESARIA, establecidas en los ordinales 3, 4, 6 y 9 del artículo 256 de la norma adjet.....