En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil del Transito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la Apelación ejercida por la Ciudadana Dra. Emika Molina Kert, en su condición de apoderado Judicial de la parte actora Banco Confederado S.A., contra el auto de fecha 02.12.2002, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en el Juicio que por vía ejecutiva sigue contra la BANCO CONFEDERADO C.A.
Segundo: SE REVOCA en todas y cada una de sus partes, el auto de fecha 02.12.2002, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial,
Tercero: SE ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nuev.....