Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo dispone el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara suficientes los derechos que tiene el ciudadano KENDRICK KENNETH MADERA RODRIGUEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª V-23.451.726, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como Único y Universal Heredero de la causante ANA FLOR RODRIGUEZ GONZALEZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª V-13.974.896, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia. ASI SE DECIDE.