Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuso la ciudadana MARLÚ CECILIA DUPUY NAVA en contra de la sociedad mercantil COLEGIO UNIVERSITARIO MONSEÑOR DE TALAVERA, SRL, ambas partes plenamente identificada en el proceso.
En consecuencia, se condena a la empresa o centro de trabajo reclamado a pagar la suma de trescientos cuarenta y ocho mil seiscientos noventa y ocho bolívares con cuarenta y dos céntimos (Bs.348.698,42) por los conceptos laborales de prestaciones sociales (prestación de antigüedad legal), indemnización por despido injustificado, vacación legal fraccionada, bono vacacional legal fraccionado y utilidad legal vencida.....