DISPOSITIVA
Por todos las razones anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada ANGELICA SUAREZ debidamente inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 70.900, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada contra la sentencia definitiva de fecha 31 de Julio de 2017, dictada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Santa Barbará y Aguasay de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. SEGUNDO: Se declara la Caducidad de la Acción en la presente causa con motivo de Nulidad de Actas de Asamblea, por cuanto la demanda se interpuso superando el termino de un (01) año, establecido en el articulo 53 (actualmente 55) .....