PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO basada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos LENIS COROMOTO HERNÁNDEZ GUTIERREZ y GERARDO ANTONIO RONDÓN CALDERON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.131.830 y 5.167.126, respectivamente, de este domicilio.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos LENIS COROMOTO HERNÁNDEZ GUTIERREZ y GERARDO ANTONIO RONDÓN CALDERON, antes identificados, por ante la Jefatura Civil del Municipio San Francisco del estado Zulia, el día tres (03) de diciembre del año mil novecientos setenta y siete (1977), tal y como se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio signada con el Nº 755 acompañada a las actas en copia certificada.