Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara con lugar la solicitud propuesta por el abogado en ejercicio AITOB LONGARAY, en su carácter de defensa técnica de los procesados de autos, y por vía de consecuencia, acuerda sustituir la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por una menos gravosa, a favor de los imputados DIGNER JOEL GUERRA GONZALEZ, LUIS ORLANDO BUSTAMANTE RODRIGUEZ y PORFILIO DE JESUS YEPEZ MELIAN, plenamente identificados en autos, a quienes se les instruye asunto penal N° C03-23.182-2011, por la presunta comisión de la figura delictiva de APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Veh.....