En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la Potestad Jurisdiccional atribuida por el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el juicio que por REIVINDICACIÓN siguiera el ciudadano RAFAEL ÁNGEL RODRÍGUEZ, contra los ciudadanos JOSEFINA COLMENARES y PABLO COLMENARES, todos plenamente identificados en el texto de la presente decisión. Así se declara.