En base a las anteriores consideraciones; este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, NIEGA LA HOMOLOGACIÓN. Así se decide. ¿
Se ordena notificar al Sindico Procurador Municipal de la presente decisión de conformidad con el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
La Juez
Abog. Marlene Rojas de Siu
La Secretaria
Abg. Ana Mireya Pérez