DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto éste JUZGADO OCTAVO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CULPABLE al ciudadano LUIS ANGEL CABRERA VALBUENA, venezolano, titular de la Cédula de ciudadanía N° 19.308.103, fecha de nacimiento 19-09-82, soltero, de 24 años de edad, de profesión u oficio vendedor, domiciliado en el parcelamiento Villa Santa Inés, barrio 5 de julio, avenida 52 A, casa Nº 95-58, Maracaibo Estado Zulia, por la comisión del delito LESIONES INTENCIONALES LEVES perpetrada en perjuicio de la ciudadana YOELYN COROMOTO URREA FERNANDEZ, previsto y sancionado en el Art. 416 del Código penal. No obstante este Tribunal advierte que la acción penal del prenombrado delito se encuentra prescrita a tenor de lo dispuesto en el artículo 108 numeral 6 en concordancia con el artículo 110 del Código Penal, en virtud de lo anteriormente expues.....