Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos RONALDO JOSÉ MARTINEZ CAMACHO y HERIANNYS DEL MAR ROMERO ARIAS en fecha veintitrés (23) de noviembre de dos mil quince (2015), por ante el Registro Civil de la Parroquia El Mene, Municipio Santa Rita del Estado Zulia, tal y como se evidencia de acta de matrimonio No. 14 acompañada a los autos en copia certificada. ASÍ SE DECLARA.-