PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: se anula parcialmente el acta de apertura de audiencia preliminar dictada por este Tribunal en fecha: 16-02-2011, en el sentido que queda sin efectos la consecuencia jurídica establecida en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo aplicada a la empresa demandada EHCOPEK S.A. dada su incomparecencia a la celebración de la Apertura de la Audiencia Preliminar.
SEGUNDO: Se establece a la empresa demandada en el presente asunto, que deberá contestar la demanda dentro de los CINCO (05) días hábiles siguientes a la publicación del presente fallo, instando así mismo a la parte demandante a consignar el escrito de promoción de prueba dentro del lapso de C.....