En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a fin de garantizar el cumplimiento de dicha obligación por parte de la demandada y actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 646 ut supra transcrita, DECRETA en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) seguido por la Sociedad Mercantil SERVICIOS MÚLTIPLES DEL ZULIA, COMPAÑÍA ANÓNIMA en contra de la Sociedad Mercantil TIDEWATER MARINE SERVICE, COMPAÑÍA ANÓNIMA (SEMAR,CA), medida preventiva de embargo sobre:
¿ Bienes muebles propiedad de la Sociedad Mercantil TIDEWATER MARINE SERVICE, COMPAÑÍA ANÓNIMA (SEMAR,CA), con la advertencia de que en la ejecución de la medida no se afecte el interés general, en función de que es una empresa estatizada y en consecuencia sean preservados todos los bienes y otros.....