en consecuencia este TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: El desistimiento del procedimiento, debido a la no comparecencia de la demandante MARILYN ORTEGA, y en consecuencia, declara terminado el presente proceso, ordenándose el archivo del expediente. Publíquese, regístrese, archívese y déjese copia certificada de la presente decisión. Se levantó la presente acta, siendo las tres y cuarenta horas de la tarde (3:40 p.m.), la cual firman:
El Juez,
Abog. Edmundo Finol Rincón.
La Abogada Sustituta del Procurador del Estado Zulia,
El Secretario,
Abog. Melvin Navarro.
EFR/EXP. VP01-L-2009-002377.-