DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano EGDIN JOSE NAVA DIAZ, titular de la cédula de identidad N° 17.833.550, asistido por el abogado RENE SELIN MARTÍNEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 51.738, contra la decisión N° 4C-056-10, dictada en fecha 11-01-2010, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual el referido Juzgado niega la entrega material del vehículo que posee las siguientes características: MARCA: TOYOTA, MODELO: YARIS BELTA, TIPO. SEDAN, CLASE: AUTOMOVIL, USO. PARTICULAR, COLOR: ROJO, AÑO: 2007, PLACAS: DCT-85-K, SERIAL DE CARROCERÍA: JTDBT923071148908, al ciudadano antes mencionado, de conformidad con el artículo.....