este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Homologa el convenimiento celebrado por las partes en el presente proceso, ciudadanos YOLEIDA COROMOTO FERRER ROMERO y ALFREDO ENRIQUE PAZ PAZ, ya identificados, referida a la fijación de la pensión alimentaria a favor de la actora ciudadana YOLEIDA COROMOTO FERRER ROMERO, correspondiente a la cantidad de SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 70.000,00) quincenales, contado a partir del momento en que sea suspendida la medida de embargo; y CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,00) mensuales correspondientes al beneficio de cesta ticket que le corresponde al ciudadano ALFREDO ENRIQUE PAZ PAZ, en la Empresa Aduanera del Zulia, C.A. (AZUCA), asimismo, el demandado conviene en entregarle a la demandante, el cincuenta por ciento (50%) de las utilidades que le puedan corresponder a final de año .....