DISPOSITIVO
En consideración de los argumentos expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1°) LA PERDIDA DEL INTERÉS, en el marco de la solicitud de título supletorio, propuesta por el ciudadano Dimas Alexander Figueroa, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número 10.205.371, domiciliado en el municipio Valmore Rodríguez del estado Zulia, debidamente asistido por el profesional del Derecho Elvis Enrique Rojas Rivero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 220.594.
2º) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese por Secretaría copia certificada del presente fallo, según lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.