Dispositiva.
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil. Declara: Primero: Con Lugar la defensa de fondo alegada por la parte demandada como en su escrito de contestación; Segundo: Prescrita, la presente acción por Cumplimiento de Contrato, Daños Morales, Daños y Perjuicios Materiales, Lucro Cesante, Nulidad de Asiento Registral; Tercero: Sin Lugar, la apelación ejercida por el abogado José Ramón Marcáno, procediendo en este acto con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 02 de agosto del año 2023, en el referido juicio llevado por sociedad mercantil Estación de Servicio La India, C.A, en contra d.....