Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, en el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad de comercio "EL GRAN BODEGON, C.A.," inscrito en el Registro de Información Fiscal (RIF) con el Nro. 30380563-9 contra el acto administrativo contenido en las Resoluciones identificadas con letras y números IMT/GCJ/2384-15, IMT/GCJ/2385-15 y IMT/GCJ/2386-15 de fechas 24 de septiembre de 2015 las dos primeras y 25 de septiembre de 2015 la ultima, emitidas por la Intendencia Municipal Tributaria del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; en consecuencia declara:
1.- Consumada la perención y, en consecuencia; extinguida la instancia en la incidencia de solicitud de suspensión de efectos
2.- No hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.