Por todas y cada una de las razones que anteceden y de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 2 y 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 12, 28 del Codigo de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: CON LUGAR, la presente demanda y en consecuencia de ello disuelto el vinculo conyugal que existe entre los ciudadanos: DOMINGO ALFREDO GARCIA Y RAIZA JOSEFINA FIGUEROA venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de Identidad N° V-14.421.393-12.538.267, respectivamente y de este domicilio, según Matrimonio Civil, celebrado en fecha 14 de del 2001, por ante el Registro Civil del Municipio Arismendi Estado Sucre, debidamente asentado en Acta Nº 50, del año 2001, de l.....