Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REPONE la presente causa al estado de FIJAR NUEVA AUDIENCIA PRELIMINAR en el tercer (03) día de despacho a las 2:30 de la tarde, previa notificación de las partes.- ASÍ SE DECLARA. No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del proceso.-