DECISION
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudencial y doctrinarios Ut Supra referido, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRSCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda por DECLARACIÓN DE CONCUBINATO seguido por la ciudadana NILVIA LUCILA GIL JOTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.737.798, domiciliada en el Municipio Lagunillas del estado Zulia en contra del ciudadano ALBERTO JOSÉ SOTO GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.832.301.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE, incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como en la página www.zulia.scc.or.....