-III-
DISPOSITIVO
En consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por la parte demandante recurrente en contra de la decisión de fecha 07 de mayo de 2010, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. SEGUNDO: PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda incoada por el ciudadano ERIC CONTRERAS FERREBUS en contra de FLAG INSTALACIONES, C.A., y BP EXPLORACION DE VENEZUELA, S.A. TERCERO: SE CONFIRMA, el fallo apelado. CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS, a la parte recurrente por aplicación supletoria del articulo 283 del Código de Procedimiento Civil.
La presente decisión fue dictada en el lapso legal correspondiente.-
PUBLÍQ.....