PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO el PROCESO interpuesto por la ciudadana MAIKELIS DEL VALLE CHACON COLINA en contra de la Entidad de Trabajo TOTAL PANDA, Rif J-41182742-8, por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo todo conformidad con lo establecido en el numeral 03 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.....