- V-
DISPOSITIVO
En torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente acción de amparo constitucional.
SEGUNDO: INADMISIBLE in limini litis la acción de amparo constitucional autónomo, la acción de amparo constitucional intentada por la ciudadana IRAIDA JOSEFINA MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-8.368.576, asistida por el abogado Juan Carlos Rodríguez, inscrito en el IPSA bajo el N° 232.550, contra la Fiscalía Décimo Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, de conformidad con lo previsto en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Pu.....