DISPOSITIVA
Por los fundamentos ut supra expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: PROCEDENTE la solicitud de EXEQUÁTUR formulada por el abogado en ejercicio Gretdy Solarte Pineda, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 83.210, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GREPSI MARGARITA SOLARTE PINEDA, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 16.622.238, en consecuencia, se le concede fuerza ejecutoria en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la Sentencia Civil Extranjera No. 531-2020-SSEN-00832, dictada por la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia de la Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, que disolvió el vínculo matrimoni.....