Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por la ciudadana MARILIN DEL CARMEN PIÑA PANELA en contra del ciudadano JAIRO PEÑALOZA VILCHEZ, por no haber quedado reconocido el instrumento privado cursante al folio número nueve (9) de la presente solicitud.
No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza de la decisión dictada.