PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del derecho Mirelena Ariza, Defensora Pública Trigésima Séptima (37°) adscrita a la Unidad de Defensoría Pública del Estado Zulia, quien refiere actuar con el carácter de defensora del ciudadano NAIM RENE FLORES IBARRA, titular de la cédula de identidad N° V-16.113.207, dirigido a impugnar la decisión N° 869-24 de fecha 19 de septiembre de 2024, dictada por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: ADMISIBLES las pruebas promovidas por la parte recurrente, prescindiéndose de la fijación de la audiencia oral conforme lo establece el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.