DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por la Defensora Pública Decimacuarta Penal Ordinaria adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, ABG. CELINA TERÁN CAMARGO, en su carácter de defensora de los imputados WENDRY ALEXANDER SOTO ROMÁN.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 2C-1275-2014, de fecha 13 de agosto de 2014, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.