Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES propuesta por los ciudadanos CLAUDIO ENRICO BERARDINI MOLINA y YOHIBETH CAROLINA QUINTERO GUTIERREZ, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL, contraído el catorce (14) de febrero del año dos mil nueve (2009), por ante el Registrador Civil y Secretaria, respectivamente, de la Intendencia de Seguridad Ciudadana del Municipio Cabimas, del Estado Zulia, según Acta de Matrimonio acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 12.
Según manifestación expresa de los cónyuges, no procrearon hijos. Igualmente, en virtud de la conversión de la separación de cuerpos y bienes mediante la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial de.....