DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismos no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbres y no alteran el orden público, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: la HOMOLOGACIÓN del DESISTIMIENTO del juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS JUDICIALES sigue la abogada en ejercicio KATIUSKA TORREALBA DE GUANIPA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 60.508 contra la sociedad mercantil SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, anteriormente denominada C.A., VENEZOLANA SEGUROS CARACAS, inscrita en la Superintendencia de Seguros bajo el N° 13, domiciliada en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, debidamente inscrita por ante el Registro de Comercio que se llevaba en el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del .....