Por los fundamentos expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentó el ciudadano DENNY ANTONIO MORA PIRELA, en contra de C.A. SEGUROS LA OCCIDENTAL, por quedar demostrado en actas que no hubo incumplimiento por parte del ciudadano DENNY ANTONIO MORA PIRELA, en relación a la denuncia inmediata del siniestro ante las autoridades competentes.
SEGUNDO: SIN LUGAR: LA PRETENSIÓN de DAÑOS MATERIALES por cuanto no se demostraron los mismo.
TERCERO: SE CONDENA a la C.A. SEGUROS LA OCCIDENTAL, a cancelar la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 245.440,75), por concepto de la suma asegurada por la perdida total del vehículo PLACA: M.....