DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA MEDIDA SOLICITADA (REGIMEN ABIERTO) al penado ALFREDO JOSE VILLARREAL, titular de la cedula de identidad No 16.376.129, Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 19-01-83, de 26 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Comerciante, hijo de Estevan Vitora y Olga Coromoto Villareal, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, mas la accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal, en razón del pronostico Desfavorable, contenido en el Informe Técnico emitido por el equipo técnico de la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario de Maracaibo al no encontrarse APTO para la medida soli.....