Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por los Profesionales del Derecho JHOVANA RENE DE VIDAL y MICHAEL JOSE FERNANDEZ BUELBAS, Fiscala Provisoria y Fiscal Auxiliar Trigésimos Terceros del Ministerio Público de la Circunscripción del estado Zulia; en contra de la decisión dictada en fecha 03 de agosto de 2016, bajo el No. 1656-2016, publicada en la misma fecha, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: ADMISIBLE, el esc.....