En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al CONVENIMIENTO realizado por la Abogada en ejercicio ANTONIA BELLO CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 11.719, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana ELIANA SANABRIA FERNANDEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.006.198, parte actora y el Abogado FREDDY RANGEL RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 80.557, quien actúa como Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil HAGE BROS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, bajo el N° 55, Tomo 22-A, de fecha 03-05-2007, Parte Demandada.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada. TERCERO. Se deja abierta la presente causa hasta tanto la parte demandada cumpla con el convenimiento suscrito en fecha 11-08-2.016.- CUARTO. Archivase el expediente .....