En el día hábil de hoy, 22 de Septiembre de 2011, habiéndose celebrado el día 12/08/11 la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se dejó constancia de que se encontraba presente la parte actora SOLCIRE DE LOS ANGELES DIAZ SALINAS asistida por el apoderado judicial abogado RICARDO OCANDO. En este estado el Tribunal dejó constancia de la no comparecencia a esta Audiencia Preliminar de la parte demandada RIVERA NAVA Y ASOCIADOS, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido: este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON.....