En consecuencia, decreta medida de embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cancelar a la Trabajadora, ciudadana GEORGINA ROJANO DE ALDANA, la cantidad de DIECISIETE MILLONES CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 17.041.448,86 ) que es el doble de la cantidad condenada, más OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 852.072,44) correspondientes al 5 % por costas de ejecución prudencialmente calculadas por el Tribunal. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la suma condenada más las costas de ejecución.