ESTE Tribunal De conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, garantizará a esta adolescente, si la niña esta en periodo de amamantarla el traslado de Mariolis Rodríguez al Centro cada vez que esta necesidad maternal lo requiera, sin significar esto que la niña permanezca en el Centro mas que el tiempo necesario para ser amamantada y para que visite y reciba de su mama la adolescente sometida a medida privativa de libertad todos los ciudadanos que esa condición le permita, ya que el Centro no es lugar adecuado para la permanencia de la menor de 1 año y 3 meses de edad. Con vista a lo consagrado en el artículo 89 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde consagra... Todos los niños privados de libertad tienen derecho a ser tratados con la humanidad y el respeto que merece su dignidad como persona humana... gozan de todos los derechos.... SALVO LOS RESTRINGUIDOS POR LAS SANCIONES IMPUESTA.....