Dispositivo
Por los fundamentos expuestos, en la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ASOCIACION CIVIL DE MEDIANOS Y PEQUEÑOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE LA FRONTERA (ASOPAFRON) en contra de la Ordenanza Sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar emanado del Municipio Colon del Estado Zulia, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana en nombre de la República y por autoridad de la ley, resuelve:
Se declara INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional que se sustancia bajo Expediente Nro. 1987-21 interpuesta por el ciudadano SERGIO URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.371.414, inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nro.45558, actuando en su carácter de Representante Judicial de la ASOCIACION CIVIL DE MEDIANOS Y PEQUEÑOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE LA FRONTERA (ASOPAFRON), Registrado la presente asociación ant.....