Vista la solicitud realizada en esta misma fecha, por la Fiscalía Novena del Ministerio Público del estado Monagas, conforme a lo establecido en el Artículo 230, del código Orgánico Procesal Penal, donde expone en el presente Asunto Penal, que solicita una prórroga por el lapso de un (1) año de conformidad con lo establecido en el artículo 230 del Código Orgánico procesal penal, este Tribunal de una revisión minuciosa al presente Asunto Penal, verifica que en fecha 8 de diciembre del año 2015, este Tribunal dictó sentencia condenatoria al Ciudadano ISAIAS JOSE COVA JIMENEZ, por el Procedimiento Especial de Admisión de los hechos de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal penal.