En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los De Cujus JOSÉ DEL CARMEN FUENMAYOR URDANETA y LAURA ROSA VÍLCHEZ VÍLCHEZ, a los ciudadanos JESÚS ENRIQUE FUENMAYOR VÍLCHEZ, ARELIS DEL CARMEN FUENMAYOR VÍLCHEZ y YOJANDRE JOSÉ FUENMAYOR VÍLCHEZ, titulares de la cédula de identidad número V-11.285.170, V-11.285.086 y V-16.919.621, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Expídanse cuatro (04) juegos de copias certificadas del presente expediente a los fines de que sean entregados a la parte requirente. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación, a los fines de que reposen en el archivo del.....